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ATEX DIRECTIVES

La Directiva ATEX (94/9/CE) estipula que los fabricantes están obligados a suministrar EXCLUSIVAMENTE equipos eléctricos adecuadamente certificados, cuando éstos deban utilizarse en áreas potencialmente explosivas. En lo que respecta a los trabajadores, existe otra Directiva ATEX (99/92/CE), que debe ser regulada por la empresa, y que define los requisitos para mejorar la seguridad y protección de la salud de los trabajadores que se encuentren en situaciones de riesgo potencial debido a atmósferas explosivas. Ambas Directivas son de obligado cumplimiento.

Estas Directivas estipulan que todas las áreas deben clasificarse en función de los riesgos potenciales que existan en su interior, de manera que en ellas sólo se utilicen equipos debidamente certificados. En la normativa CENELEC (la directiva anterior), las diferentes áreas se clasificaban en tres grupos: Zona 2, Zona 1 y Zona 0, dependiendo de su nivel de riesgo. En la Directiva ATEX, cada Zona se asocia a una Categoría, y todos los equipos eléctricos deben clasificarse con arreglo a dichas categorías, certificándose en qué áreas es seguro utilizarlos.

¿ESTÁ MI LINTERNA DEBIDAMENTE CERTIFICADA POR ATEX?

Para cumplir los estrictos requisitos de la Directiva ATEX 94/9/CE, las linternas Peli? se someten a pruebas que garantizan que no suponen ningún peligro de ignición cuando se utilizan en entornos peligrosos. Las linternas son sometidas a pruebas muy rigurosas en laboratorios oficiales, donde deben mostrar excelente resistencia ante impactos, caídas, condiciones extremas y una protección contra la penetración de agua y polvo mínimo de IP54. La longevidad y la seguridad de nuestros productos está avalada por su diseño.

Todas las linternas con certificación ATEX deben llevar un código impreso en el cuerpo. Este código indica al usuario las áreas en las que se pueden utilizar de manera segura, sin riesgo de explosión.

ATEX Directive for L1 1930 ZO
II 1 G EEx ia IIC T6 Tamb - 40º C to + 60ºC
"CE" es la marca CE del Comité Europeo de Electrotécnia
"Ex" dentro de un hexágono indica "Protección contra explosiones"
II II significa “equipo del Grupo II” = No apto para uso en minas
1 1 indica la Categoría ATEX 1 (antigua Zona 0)
G "G" indica que se ha comprobado para gases y vapores
EEx "EEx" indica que el equipo se ha sometido a pruebas conforme a la norma armonizada europea más reciente sobre empleo en atmósferas explosivas
ia “ia” indica seguridad intrínseca “i” ‘i’
IIC Grupo de gases (acetileno e hidrógeno)
T6 T (1,2,3,4,5,6) es la clasificación del equipo en función de su temperatura superficial máxima: T1=450ºC T2=300ºC T3=200ºC T4=135ºC T5=100ºC T6=85ºC
Tamb Intervalo de temperatura ambiente en condiciones de trabajo (no es necesario indicar el intervalo estándar comprendido entre -20 y +40ºC)
Una X después del número de certificado indica que el equipo o sistema de protección está sujeto a condiciones especiales de uso seguro, que se especifican en un anexo al certificado.


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